Decreto Supremo redefine el sistema previsional y establece que trabajadores independientes podrán aportar de forma voluntaria, manteniendo la obligatoriedad solo para dependientes.
El Gobierno oficializó la eliminación de la obligación de aportes previsionales para trabajadores independientes a partir de 2028, mediante el Decreto Supremo N.° 061-2026-EF. La norma modifica el reglamento de la Ley N.° 32123 y consolida el cambio hacia un esquema voluntario para este segmento dentro del sistema de pensiones.
Con esta decisión, los trabajadores sin vínculo de dependencia ya no estarán obligados a contribuir a las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) ni al Sistema Nacional de Pensiones (ONP). El ajuste normativo completa el proceso iniciado con reformas recientes y se da tras los retiros extraordinarios de fondos ejecutados entre finales de 2025 e inicios de 2026.
Aportes voluntarios y nuevo esquema de afiliación
El decreto introduce cambios en la definición de trabajador independiente y en el concepto de ingreso asegurable, eliminando cualquier mecanismo automático de aporte. Desde 2028, la afiliación al sistema previsional será opcional para este grupo, que podrá decidir si aporta o no en función de sus ingresos y planificación financiera.
En contraste, los trabajadores dependientes continuarán sujetos a la afiliación y aportes obligatorios sin modificaciones. Asimismo, se eliminan las disposiciones vinculadas a la retención, declaración y pago de aportes para independientes, así como las sanciones por incumplimiento que regían bajo el esquema anterior.
Según el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), las únicas obligaciones que se mantienen corresponden a empleadores y trabajadores bajo relación de dependencia, lo que establece una diferenciación más clara entre ambos regímenes laborales.
Cambios en la unidad de aporte y acceso a pensión
El reglamento también ajusta la mecánica de la unidad de aporte (UdA), aplicable tanto al sistema público como privado. Se establece que el aporte mínimo no puede ser inferior a una Remuneración Mínima Vital (RMV), aunque en el caso de independientes solo se computará si realizan aportes voluntarios.
Por ejemplo, si un trabajador independiente aporta sobre una RMV de S/1.130, un aporte del 10% (S/113) le permitirá registrar una unidad completa de aporte mensual. En cambio, si contribuye sobre un monto menor, como S/800, el aporte será parcial y se contabilizará como una fracción de UdA, lo que implicará la necesidad de complementar para alcanzar un mes completo.
Además, para acceder a una pensión mínima o proporcional en el sistema privado, los independientes deberán acreditar que han dejado de percibir ingresos asegurables, lo que introduce una condición adicional para este tipo de beneficio.
Derogación de normas y debate por nuevos retiros
La norma también elimina artículos considerados obsoletos tras las reformas recientes, incluyendo los relacionados con retenciones por terceros, procedimientos de declaración y esquemas de gradualidad de aportes. Esto busca simplificar el marco regulatorio y adaptarlo al nuevo enfoque voluntario.
En paralelo, el Congreso evalúa al menos cuatro proyectos que plantean un nuevo retiro de hasta S/22.000 de los fondos de AFP. La discusión se desarrolla en un contexto preelectoral y responde a la demanda de liquidez de los afiliados, aunque aún no existe consenso sobre su aprobación ni prioridad en la agenda legislativa.








